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Introducción · La repoblación forestal ¿Causa o pretexto de incendios? · La ganadería de montaña ¿Compatibilidad forestal? · Las especies forestales ¿Otro conflicto? · La propiedad del monte ¿Origen de conflictos? Conclusión Estadísticas Contactar
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¿Origen de conflictos? La determinación de la titularidad histórica de los montes en Mano Común fue un tema de controversia donde primó el sentido ideológico y político, o el de la oportunidad, ya que no se desprende por la documentación existente que todos los montes en general tuvieran su origen en el tipo de comunidad germánica. Es más, está aceptado que los montes particulares provienen de la redención de los foros, además de los que provenían de los llamados "apresamientos" del monte vecinal, que a la postre quedo como monte de menos utilidad y que su aprovechamiento se hiciera por cuotas-partes por los vecinos tal y como se desprende del siguiente texto de Paz Ares: “. . . los efectos de las redenciones han sido la adquisición por los foratarios de la propiedad ya individualizada de las tierras de labor y de la correspondiente participación en el monte, determinada a base de los módulos consignados en la carta foral, o por el criterio de proporcionalidad a la extensión superficial de la propiedad rústica, dada la accesoriedad del monte a la tierra. . . . . Los nuevos propietarios (antiguos titulares del dominio útil) han seguido utilizando los montes vecinales en régimen de comunidad, si bien con clara conciencia de que lo hacían a titulo de propietarios y de la existencia de cuotas-partes “. En contra de esta tesis hay otras que consideran que los montes son de siempre “. . del común del vecindario”, porque durante siglos los vecinos los utilizaban consuetudinariamente y no se discutía su naturaleza, tampoco se traspasaban a entes mayores como los municipios debido a la dispersión de las parroquias en un mismo Municipio y a la posible desviación de intereses al ser los municipios representantes de sociedades más homogéneas, tal y como se daba en otras partes de España. Esta es la posición con más partidarios, y a la postre la que ha prevalecido, pero con una carga de indefinición de los predios y de sus lindes, que no resulta ilógico aceptar que si se añade a lo anterior el uso marginal del monte y más después de la desamortizaron y de los "apresamientos", hubiera ya en el siglo XIX un interés en municipalizar estos montes con la perspectiva de reforestarlos. Es posible que más ajustada seria una tercera tesis según he podido leer en el libro del Sr. Xesús Balboa “O monte en Galicia” que es la de Garcia Caridad, donde el autor dice: "Recoñece Garcia Caridad que a redención foral ou a compra colectiva supoñen a creación efectiva dunha comunidade romana por cuotas, pero esta resulta desnaturalizada co transcorrer do tempo; verbo dos montes adquiridos na desamortización, sosten que a pesar de existiren”. Y a continuación expone la tesis de Garcia Caridad: “Comuneros nominalmente determinados, es lo cierto que los casos en que estos montes permanecieron indivisos el aprovechamiento de los mismos siguió realizándose en común, no-solo por los adquirentes y sus sucesores, sino también por todo el que con posterioridad se estableció o abrió casa en el lugar, aunque no trajere causa de los adquirentes y sus sucesores, con lo que, dado el tiempo transcurrido, se desnaturalizó la naturaleza jurídica de la propiedad de tales montes, pasando a convertirse, de hecho, en montes del común de los vecinos. ” Como he podido comprobar por un completisimo estudio llamado “o Monte en Galicia” del Sr. Xesús Balboa la impresión se confirma inicialmente por el hecho histórico llamado “reparto de los montes” y que se formalizó con la posterior redención de los foros. Al parecer los repartos se realizaron más fácilmente en los montes llamados de Varas, que se utilizaban para pastos y esquilmos y que era donde se realizaban la mayoría de las estibadas. El reparto de los montes vecinales o de Mano Común se hizo con más dificultad debido al carácter colectivo y a la diferente calidad de las tierras, así mismo se produjo una excesiva parcelación, siendo las mejores tierras las de menos superficie. De este hecho se derivó el minifundismo de los montes privados, que incomprensiblemente permanece en el presente. Después de la guerra civil se siguieron repartiendo los montes públicos, hasta que la repoblación forestal tomo carta de naturaleza y la “usurpación sen paliativos dos dereitos veciñais”, esto opina el Sr. Xesús Balboa, pero a mí me parece que entre los apresamientos y los repartos acordados, nada había quedado que pudiera rentabilizarse individualmente. El monte comunal quedó perfectamente delimitado y por tanto recurrir solo a derechos históricos para explicar la aberración actual satisface a muchos, pero la historia de las decisiones políticas esta repleta de errores. La imperativa y reivindicativa proclama “O monte e noso”, fue una más de tantas invocaciones con un fondo de necesidad social más aparente que real. Cualquier polémica queda no obstante sin objeto, cuando en la Ley de Montes en Mano Común de 1980, se considera a los montes vecinales como terrenos de naturaleza especial que, con independencia de su origen y destino forestal, agrícola o ganadero, pertenezcan a grupos vecinales en su calidad de grupos sociales y no como entidades administrativas, cuya titularidad corresponde a los vecinos integrantes en cada momento del grupo comunitario de que se trate, sin asignación de cuotas. Reafirmando su naturaleza jurídica como privados y en régimen de comunidad germánica. Esta escueta definición del monte comunal es solamente un punto de partida para un consenso. El desarrollo de leyes y normas siguientes no aportaron la necesaria claridad y rigor para que su desarrollo, conservación y sostenimiento fueran los adecuados. Recurro otra vez al libro sobre "Los montes de España en la Historia" del Dr. Erich Bauer para reproducir la impresión que sobre los montes tiene este autor que a mi entender ve los montes en su verdadera y autentica vocación y de que forma la propiedad actual del monte comunal puede destruir este destino a no ser que se tenga la imaginación para restructurarlos cuanto antes: "En la actualidad vive España un periodo de reconstrucción de la riqueza forestal, que comenzó de forma legislativa en 1936(Patrimonio Forestal del Estado), y de forma efectiva desde 1940. Esta nueva consideración del monte como riqueza, cuyos efectos alcanzan a todos, sufre aún hoy las consecuencias desfavorables de la llamada < A finales del siglo XVIII penetró en España la teoría inglesa liberal e individualista, según la cual ni el Estado ni cualquier otra entidad política son aptas para la gestión de una empresa económica. Es la primacía del interés particular e individual sobre el de la comunidad. Jovellanos, Campomanes, etc., la difundieron rápidamente, y así las leyes desamortizadoras de 1812-1813, 1820-1823, 1837, 1855, 1859 y 1862-1863 mermaron notoriamente la propiedad forestal del clero y entidades públicas mediante ventas a particulares que talaron y destruyeron los bosques buscando un lucro inmediato, con gravisimas consecuencias geofísicas(erosiones, inundaciones. . .) y económicas(perdida de riqueza efectiva y en potencia, destruyendo las reservas forestales) para toda la nación. Esto llevó a España a ser uno de los piases con más baja proporción de propiedad forestal pública, especialmente por parte del Estado. En España, el 68% del terreno forestal pertenece a particulares. Solamente el 2% se encuentra en manos del Estado y el 30% pertenece a comunidades. Una gran parte de los bosques españoles, sobre todo en la montaña, tiene carácter protector;los montes cerca de los centros urbanos tienen una creciente significación social. Estos bosques deberían estar en manos del Estado o, por lo menos, de comunidades, ya que la historia demuestra que los montes particulares han estado más expuestos a la destrucción que los montes públicos. " Al parecer, la propiedad del monte fue el origen de una disconformidad que generó el descontento y por ende la justificación incendiaria. No era cierto exactamente, no lo es y no lo seria de cambiar la titularidad. Es en el uso que se da al monte el desencadenante del “fuego salvador”. El campesino gallego llevado de su individualismo no ve en el monte ese factor de trabajo colectivo, por tanto entra en contradicción con el aprovechamiento comunitario, mientras le sirva a alguien para algo se permite hasta el incendio. Si el monte comunal fuera más provechoso ya se lo habrían adjudicado cuando la Desamortización o por la apropiación a la "brava". No debía haber importado tanto el restablecimiento de los derechos jurídicos e históricos sobre la propiedad y si más los aspectos organizativos, estructurales, administrativos y económicos para adjudicar el suficiente territorio a comunidades que abarcaran más monte que el que correspondía históricamente a las parroquias y así rentabilizarlo colectivamente, cuando menos ya no habría disculpas para tal objetivo. Las comunidades de montes eran más que una necesidad social y económica una reivindicación política al margen. Pues el monte vecinal en Mano Común cuya procedencia jurídica es de segundo orden quedó reducido después de los repartos y “apresamientos” particulares a un territorio sin interés económico relevante y por tanto expuesto al abandono y al uso arbitrario. Es cierto que había un sentimiento de rechazo en el mundo rural acerca de la repoblación forestal y principalmente al destino de sus rendimientos, pero este rechazo, que quizás proviniera de la desinformación. o de la credibilidad del régimen político, también radicaba en el sentido anárquico e individualista del campesino para utilizar a su conveniencia y comodidad particular el monte sin considerar ventajas de mayor alcance. De ahí deduzco que es un debate irreal hablar del origen de la propiedad basado en la comunidad romana o germánica. Cuando interesó se recurrió a una y cuando no a otra, con el campesino al margen del debate político con que cada cual pretendía influir. En el año 1968 se promulgó la primera ley especifica sobre montes en Mano Común aunque ya la del año 1957 reconocía la pertenencia de los mismos al común de los vecinos aunque de forma condicionada por la vinculación a Diputaciones y Ayuntamientos. Hasta la aplicación efectiva de esa ley, el monte aún constituía, no solo una unidad productiva coherente, sino también paisajistica, pero a partir de ahí se inició un proceso desordenado de trasvase de la propiedad, de atomización y desprotección que lo condujeron a la realidad presente. Sin que las leyes de los años 1980 y 1989 aportaran nada para corregir su más significado defecto, que fue el excesivo numero de propietarios comunales. No pretendo disminuir la importancia y significado que las parroquias han tenido en la convivencia de los gallegos desde la Edad Media hasta el presente, pero otras estructuras sociales han sido cambiadas o alteradas sin que por ello las condiciones de vida hayan empeorado, sino al contrario. Las comunidades establecidas por parroquias, no tienen capacidad económica para administrar y potenciar el monte, ni el valor y la explotación del monte justifican gastos ni inversiones. Y como quiera que el uso que por parte de algunos quieren darle al monte no es el forestal, se vende la madera, se liquida el patrimonio y como consecuencia las comunidades de montes con o sin consorcio con el Estado queda desprovistas de más objetivos que los de pedir fondos públicos, que una vez concedidos emplean, en algunos casos, a fines distintos a los solicitados. Son excepcionales las comunidades que aportan unas cuentas equilibradas y una gestión del monte acorde con los objetivos que se marcan. Lo corriente es que se repita lo sucedido en una parroquia de Cotobade(Pontevedra). En un periodo de cuatro años la comunidad tuvo unos ingresos propios de 20 millones y una subvención de 23 millones, al cabo de los mismos se encontraba sin fondos para pagar el sueldo al personal contratado para cuidar la repoblación que había sido el pretexto para obtener la ayuda oficial. Según los comuneros el estado del monte estaba destrozado por el gran numero de ganado libre, además de perjudicar a las propiedades vecinales sembradas de hortalizas y verduras. El tipo de traspaso de los montes públicos al común basado y justificado solamente en el reconocimiento de un derecho consuetudinario y de la descalificación de lo realizado durante el sistema político anterior, no debía haber sido efectuado en la forma que se hizo, ni motivo suficiente, una vez que el ejercicio libre del voto formaliza la soberanía popular de instituciones como los Ayuntamientos, Diputaciones, Gobierno Central y Autonómico. En la Ley de Montes de 1957 en sus artículos referidos a agrupaciones ya se regula la conveniencia de constituir comarcas o unidades forestales que posibiliten la ordenación y repoblación integral, uniendo las propiedades. Esta unión podría ser voluntaria o forzosa en el caso de estar situados en zonas de protección y ser mejorables por razones de interés económico y social. Según se desprende de las tablas, ni por cada provincia ni el total de Galicia el monte comunal con 571.071 has. El 29 % de potencial forestal, 968. 310 has), y un territorio con suelos empobrecidos representaba una necesidad vital para el agricultor, pues disponía de 1. 397. 238 has. , el 71% del potencial forestal, con mejores cualidades edaficas y biogeograficas(1) . A esta visión esquemática y necesaria de partida se opone la de los que ven al monte comunal como un lugar armónico donde todo puede confluir, economía, flora autóctona, fauna, uso múltiple, equilibrio ecológico, paisaje, turismo. Y para ello achacan a la Xunta de Galicia el no-cumplimiento de la Ley de Montes en Mano Común para la ordenación del monte, aquí una fraga, allí un prado, acullá un coto de caza, colmenas de rica miel, frutos por doquier y aderezado todo con una dotación presupuestaria suficiente. A los vecinos les piden participación, concordia para tan excelsos fines. Pero, como el gobierno del Estado ya no tiene potestad para planificar globalmente, pues ha quedado descapitalizado y sin posibilidades reales de actuación efectiva, tampoco ve la necesidad de invertir y aunque la oposición política del momento se lo recrimine, lo hace de forma insensata, electoralista y por tanto demagógica, ya que en el momento que accede al poder duda de sus postulados ideológicos y pretende conservar lo que ya está sentenciado de forma irremediable. Actualmente seria imprescindible que se pudieran catalogar como de utilidad pública territorios que sirvieran para dar solución a servicios públicos inaplazables, como las plantas de tratamientos de residuos, parques naturales, parques empresariales. Los planes de tratamientos de residuos que no se concretan pese al tiempo transcurrido desde que se iniciaron los proyectos, debía hacer reflexionar a los que se oponen a las iniciativas oficiales y comprendieran que la dificultad viene de no haber tenido en su día la perspectiva suficiente. Los parques naturales son una necesidad para mejorar el Medioambiente, cambiar de forma planificada el paisaje y por tanto potenciar el turismo. La mayoría de los cotos de caza en las circunstancias actuales, con espacios tan limitados, a mi juicio no tienen futuro en Galicia.El debate sobre la escasez de la caza en Galicia es redundante en los mismos tópicos, que si la repoblación forestal, que si ya no hay siembras de cereales, que sí las alimañas, aves rapaces, etc. La masa arbórea y por tanto la repoblación forestal adecuada, es perfectamente compatible con la vida salvaje y por tanto con la actividad cinegética. El autentico problema de la expansión y sostenimiento de la caza es la carencia del suficiente numero de Has. para poder realizar un plan de repoblación de especies de forma que su control dependiera en exclusiva de los interesados, o sea, los cazadores asociados al coto correspondiente. La adecuación del hábitat debería ser consensuada con la Comunidad propietaria del monte, para que tanto la riqueza forestal y la cinegética pudieran complementarse. Recomponer grandes espacios para la caza a partir de zonas ya repobladas con especies de crecimiento rápido diversificándolas con otras más exigentes y de buena adaptación, preferentemente arboles de fruto, castaños, robles, madroños, cerezos, etc. es una posibilidad factible y aconsejable para ganar tiempo con el fin de que sean estas las especies que conformen los futuros cotos de caza. Se trataría también de hacer clareos y claros entre la masa forestal, eliminar el tojo y fijar una vegetación baja de siembras que sirviera para atraer a las piezas, y potenciar la caza al acecho, que es el tipo que mejor se presta para terrenos accidentados, la caza mayor y aún la menor tendrían entonces un hábitat adecuado, pero es en la situación actual de agresividad al medio forestal por los incendios y por tanto la aparición de grandes superficies desarboladas en las que al contrario de lo que se piensa no favorecen la caza, la excesiva e incontrolada invasión del ganado libre, y por último el peor de todos los defectos, la insuficiente dimensión de los cotos. Seria mejor que hubiera mucho menos cotos, más selectivos, más grandes y estratégicamente situados. Cotos que comprendieran lugares sucesivamente alternativos de permanente veda para experimentación y sueltas de especies al terreno activo para cazar. Un importante colectivo como es el de los cazadores no han aportado nada para resolver la escasez de la caza que no fuera con sueltas condenadas al fracaso. Han sido espectadores mudos del desastre que provocaron los incendios y salvo tímidos y dubitativos reproches de algunos, la mayoría o no vio o no quiso ver que su actividad ya no iba a tener ni siquiera la esperanza de mejorar. Tal comportamiento solo se explica situando al cazador medio en el extracto social de donde provienen los mismos que se cargaron la repoblación, creyendo falsamente que esta perjudicaba a la caza. Solo con la observación del territorio rural se deduce que casi todas las tierras susceptibles de ser aprovechadas individualmente son de propiedad no comunal.Quedando para el supuesto aprovechamiento colectivo los montes que normalmente tienen pendientes por encima del 20% o de suelo sin condiciones de utilización agrícola y ganadera por su poca profundidad. De un total de 2 millones de Has., 1.400.000 Has. son particulares y 600.000 de aprovechamiento común. Estas ultimas tienen unos condicionamientos orográficos y edafologicos determinantes. ¿Dónde esta la necesidad de explotar la agricultura o la ganadería en estas tierras?. Para refrendar con datos esa realidad baste saber que de la superficie que se dedica a la agricultura,ganaderia y forestal el monte comunal solo representa el 30%, el particular el 67% y solo un 3% es del Estado y Empresas. La superficie de monte comunal está sobre las 600.000 Has., y la mayor parte en pendientes por encima del 20%, lo que indica el poco aprovechamiento del que puede ser objeto, si nos fijamos en parámetros de utilidad y no en quimeras. En el 67%(1) se concentran las mejores tierras de labor, de pastoreo, y de asentamiento de especies nobles, pero el minifundio y el abandono, los dos grandes males del campo gallego, hacen que se infrautilizen. |
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| Los Conflictos de la Repoblación Forestal | por Fernando Alonso González | ||||